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Historia Ecuador: Las cédulas reales desde 1563

Historia Ecuador: Las cédulas reales desde 1563
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Las cédulas reales en la Real Audiencia de Quito constituían despachos reales expedidos por un tribunal superior, otorgando providencias o gracias a quienes eran considerados súbditos de la Corona Española.

La Real Audiencia y Cancillería Real de Quito que tuvo su vigencia entre los años 1563 hasta 1822 fue el más alto tribunal de la Corona de España en los territorios de la Presidencia de Quito, dentro del Virreinato del Perú, que luego pasaron a formar parte del Virreinato de Nueva Granada.

En referencia a la publicación de 1981 titulada «El Ecuador y el Problema de Límites con el Perú» donde se recoge ponencias del ciclo de conferencias que tuvo lugar entre el 23 y 26 de febrero de ese año en relación al Protocolo de Río de Janeiro de 1942, tomamos las exposiciones de Jaime Arturo Chiriboga Estupiñán y Jaun Paz y Miño Cepeda, quienes de manera clara explican lo relacionado a las cédulas reales desde 1563.

Para Chiriboga Estupiñán la Cédula de 1563 podría constituirse la «partida de nacimiento de Ecuador». Ya para 1740, después del acuerdo que España hace con Portugal para establecer los límites con el Brasil, se establecen los mismos entre los Virreinatos de Nueva Granada y del Perú.

La Cédula de 1740 limitaba Nueva Granada y el Perú y establecía una línea de frontera entre los dos Virreinatos tomando como punto inicial a Tumbez que sigue hacia el Marañón a los seis grados 30′ latitud sur y que va hacia el Río Yavarí hasta la desembocadura en el Río Amazonas y por este hasta la boca más occidental del Caquetá.

Este territorio de la Real Audiencia cubre aproximadamente un millón de kilómetros cuadrados. Este vendría a constituir en el único recorte válido que ocurre en el vivir colonial.

Al separarse América de España, creándose las primeras naciones americanas , se debía tomar un principio para que las naciones tengan un territorio, estos principios eran:

La posesión por la fuerza, principio que en América jamás tuvo vigencia; el libre pronunciamiento, la libre determinación de los pueblos, imposible de realizarse en territorios casi despoblados, o aquel principio que sostenía Bolívar el «Utis Possidetis Juris» es decir el poseer aquello que se ha poseído por derecho.

La Cédula Real de 1563

De acuerdo al conferencista de esa época Juan Paz y Miño Cepeda, el Tahuantinsuyo se extiende en su máxima expresión geográfica cuando Huayna Cápac conquista territorios del antiguo «Reino de Quito».

El imperio inca llega a tener una extensión aproxiamada de 2.600.000 de km2. Sin embargo al morir Huayna Cápac, decide dividir los territorios para sus dos hijos señalando la parte norte para Atahualpa y la parte sur para Huáscar.

«Es seguro que no se trató de una división territorial pero sí de una división política». El exponente advertía que posiblemente en la mentalidad inca existía el convencimiento de que así racionalizaba la administración del imperio del Tahuantinsuyo.

No obstante, en especial Huascar, no pensó de esa manera ocasionando una alteración político administrativa de incalculables consecuencias dando lugar a una guerra con Atahualpa lo que significaría en una falta de unidad que repercutiría más tarde con la llegada de los españoles.

Por consiguiente no existe ningún problema territorial en el Tanhuantinsuyo, pero es el incario quien decide enfrentarse a los españoles, quienes desde entonces cimentarían las bases para la estructuración de hispanoamérica.

En la organización de la Colonia, España establece en primera instancia Las Gobernaciones, dándoles un distrito determinado, sin embargo tomando en cuenta la escasez de límites geográficos se presentaron los primeros conflictos entre los gobernantes establecidos, por lo que se desistió de este cometido.

Luego, con la expansión mercantilista de Europa España decide crear las Audiencias, siendo de tres tipos: Las Audiencias territoriales, con un presidente, siendo las de mayor rango donde exista un Virrey; Las Audiencias Pretoriales, donde el presidente es Gobernador  y además Capitán General; y, Las Audiencias Subordinadas, con un presidente letrado.

A todas las Audiencias se las señaló un Distrito territorial que comprendía varias Provincias menores. Entonces, cuando se crean las Audiencias, siendo la primera la de Santo Domingo en Centro América en 1511, a cada una mediante Cédula Real, se le establece un territorio determinado.

Cédula Real de 1563
Cédula Real de 1563

Al crearse la Cédula Real del 29 de agosto de 1563, la Real Audiencia de Quito obtiene los siguientes límites:

Al norte Buenaventura inclusive y tierra adentro a Pasto, Popayán, Cali, Buga, Champanchica y Guarchicona; al sur, hasta Paita exclusive, pero se incluye Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca, la Zarza y Guayaquil. Es decir, esta Audiencia tiene límites precisados al norte y precisados al sur, Pero, al Oriente ¿qué acontece?

Hacia la parte de los pueblos de la Canela y Quijos, según la Cédula Real, «tenga los dichos pueblos CON LOS DEMÁS QUE SE DESCUBRIERE».

Así se dejaba abierta la posibilidad de que la Audiencia de Quito descubra nuevos territorios por el Oriente. Entonces era a la única Audiencia a la que se le concedía la facultad de agregar nuevos territorios descubiertos al distrito. En las demás audiencias sucederá esto solo a partir de 1600.

Tomando en cuenta que esta Cédula Real fue creada en 1563, los hechos acontecido en 1542 con el descubrimiento del Río Amazonas en manos de quiteños, avalan la postura del Rey de España para otorgara inicialmente a la Audiencia de Quito estas facultades.

La cédula Real firmada por el Rey Felipe II que permitió la creación de la Real Audiencia de Quito y que fijaba todo sus límites que le dieron al menos un millón de kilómettros decía lo siguiente:

«En la ciudad de San Francisco de Quito, resida otra Audiencia y Cancillería Real, con un Presidente y cuatro Oidores que también serán Alcaldes del Crimen, un Fiscal un Alguacil Mayor, un Teniente de Gran Canciller y los demás ministros y oficiales nesesarios. Su distrito ha de ser la ciudad de Quito y ha de ir en la Costa hacia la ciudad de los reyes excluyendo el Puerto de Paita y en el interior a Piura, Cajamarca, Chacapoyas, Moyobamba y Motilones, pero si incluyendo en su interior los pueblos de Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca, La Zarza, Guayaquil y todas sus comarcas respectivamente. En la Dirección con los pueblos de Canelos y Quijos se incluirán los mencionados y todos los descubiertos en la zona alrededor. En la parte de Costa hacia Panamá irán hasta el Puerto de Buenaventura con Pasto, Popayán, Cali, Buga, Champanchica y Guarchicona únicamente porque los demás pueblos de la Gobernación de Popayán ya pertenecen a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada. De modo que pone término por el Septentrión (Norte), con la de los Reyes por el Meridón (Sur), en el Poniente (Oeste) al Mar del Sur y al Levante (Este) provincias no descubiertas.»

Otras Cédulas Reales

Cabe destacar que se expidieron varias cédulas reales, pero que no guardaban relación con el perjuicio de territorio hacia Ecuador.

La Cédulas Reales del 23 de noviembre de 1566 prohibía despojar a los indios de sus caciques y señores naturales.

La Cédula Real de 1570 permitía el arriendo de las casas del embarcadero y desembarcadero de Guayaquil para que se acrecienten las cuentas de la Hacienda Real.

La Cédula Real de 1572 determinaba que se envíen a España todo cuanto documentos y referencias de oficiales y escribanos de sus copias o transcripciones que existan de la ciudad de Quito y todo el distrito de su audiencia acerca de los hechos y cosas notables desde su fundación.

La Cédula Real de 1580 prohibía la concesión de encomiendas sin previo consentimiento del Virrey. Se funda la Villa de Riobamba.

El 27 de mayo de 1586 una Cédula Real prohibía que los negros, mulatos, mestizos y «gentes de otras mixturas» vivieran entre los indios.

La Cédula Real del 19 de octubre de 1591 reglamentaba el sueldo y servicio personal de los indios; en noviembre de este año otra Cédula Real establecía en el Virreinato el impuesto de Las Alcabalas (el 2% sobre las ventas excepto de artículos de primera necesidad).

La Cédula Real del 22 de enero de 1594 ordenaba que se tome residencia a los gobernadores de Quito cada cinco años.

La Cédula Real del 17 de noviembre de 1602 ordenaba que informe la audiencia de Quito al Virrey de los inconvenientes que padecen los indios que cortan madera en las montañas de Guayaquil y Puerto Viejo.

La Cédula Real de 1635 ordenaba que los títulos y nombramientos de los oficios vendibles y renunciables sean solamente expedidos por el Virrey del Perú. La Cédula Real de 1641 prohibía la publicación de libros de historia sin permiso del Consejo de Indias.

La Cédula Real de 1704 prohibía La Mita en los Obrajes y permite que solamente trabajadores voluntarios sean empleados.

La Cédula Real de mayo 27 de 1717 crea el Virreinato de Nueva Granada con su sede en Santa Fe de Bogotá; se elimina la Real Audiencia de Quito y se incorporan sus jurisdicciones al nuevo Virreinato, pero en 1722 la Real Audiencia es restaurada.

La Cédula Real de 1740

Esta cédula determinó los límites de los Virreinatos de Santa Fé de Bogotá que se unió a la Presidencia de Quito. Entonces el territorio ecuatoriano pasó a medir 706, 800 Km2. Este documento fija los límites de la siguiente manera:

Desde Túmbez en la Costa del Pacífico y continúa por la Sierra y la Cordillera de los Andes pasando por la jurisdicción de Paita hasta el Marañon.

Así dejaba al Perú con la jurisdicción de Piura, Cajamarca, Moyobamba y Motilones, la Cordillera de Jeveros, el río Yaraví hasta los límites del Brasil. En el Norte no se modifica nada de la Cédula original.

Con esta Cédula Real de 1740, el Ecuador pierde un territorio de 120.000 Km2.

Cédula Real 1740
Cédula Real 1740

El Tratado de San Ildefonso

El Tratado de San Ildefonso fue el documento firmado entre España y Portugal mediante el cual ambas naciones fijaban los límites de las posesiones que ambos tenían en América.

Dichas disputas se remontan al momento del descubrimiento de América en 1492. El 01 de octubre de 1777, Francisco Inocencio de Souza Coutinho en nombre de la reina María I de Portugal (sobrina del monarca español) y Carlos III , acordaron el Tratado de San Ildefonso en el Palacio Real de la Granja de San Ildefonso.

Por el tratado de San Ildefonso entre España y Portugal, el Ecuador pierde 168.000 Km2.

La Cédula Real de 1802

La Corona española bajo el reinado de Carlos IV, el 15 de julio de 1802, dictó una Cédula Real, a inspiración de Francisco Requena, según la cual, el Gobierno de Maynas y el Gobierno de Quijos, así como las misiones establecidas en los ríos que desembocan en el Marañón, que pertenecían hasta entonces al territorio de la Real Audiencia de Quito, pasaban a la jurisdicción política y eclesiástica del Virreinato del Perú.

Del contenido de esta real cédula se deduce claramente que su objetivo principal era detener los avances portugueses a los territorios de la corona española. La Cédula Real ordenaba lo siguiente:

“He resuelto que tenga por segregado del Virreinato de Santa Fe y de la Provincia de Quito y agregado a ese Virreinato el Gobierno y Comandancia General de Mainas con los pueblos del Gobierno de Quijos, excepto el de Papallacta por estar todos ellos a las orillas del río Napo o en sus inmediaciones, extendiéndose aquella Comandancia General no sólo por el río Marañón abajo, hasta las fronteras de las colonias portuguesas, sino también por todos los demás ríos que entran al Marañón por sus márgenes septentrional y meridional como son Morona, Huallaga, Pastaza, Ucayali, Napo, Yavarí, Putumayo, Yapurá y oreos menos considerables, hasta el paraje en que estos mismos por sus altos y raudales dejan de ser navegables; debiendo quedar también a la misma Comandancia General los pueblos de Lamas y Moyobamba”.

La Cédula real de 1803

La Corona española bajo el reinado de Carlos IV de España, el 7 de julio de 1803, ordenó la incorporación de la provincia de Guayaquil al Virreinato de Perú.

La real orden de 1803 se dio en atención a las necesidades militares y políticas del momento. Ya España había perdido la isla Trinidad, tomada por la poderosa escuadra inglesa, en represalia de que España se convirtió en aliada de Francia.

Para decidir la estrategia a seguir en América, se creó en Madrid la Junta de Fortificaciones de América, la cual consideró que Guayaquil se encontraba muy distante de Bogotá, la capital del virreinato de Santa Fe y que eso dificultaba su defensa.

Guayaquil, al igual que Paita, era un puerto objetivo de piratas y corsarios. No tenía comercio con la región norte de Colombia, en cambio era intenso con el Perú, sobre todo con la intendencia de Trujillo y en especial con el partido de Piura.

De hecho, Guayaquil en muchos aspectos dependía del Perú y fue entonces, que considerando las realidades, se decidió su incorporación al virreinato del Perú.

La Junta de Fortificaciones propuso el 28 de marzo de 1803, la anexión al Perú.

La Ley de División Territorial

Luego de la anexión de la Presidencia de Quito a la Gran Colombia, el 29 de mayo de 1822, hubo la necesidad de una organización interna de los llamados distritos de la nueva nación: Venezuela, Colombia y Ecuador.

El texto Nueva Historia del Ecuador, de Enrique Ayala Mora, refiere que en ese entonces, el Senado y la Cámara de Representantes de Colombia se reunieron en Bogotá el 23 de junio de 1824 y aprobaron, el 25 junio de ese año, la Ley de División Territorial de la Gran Colombia que señala que los departamentos Ecuador, Azuay y Guayaquil, integraron el distrito Sur (Ecuador).

Por la Ley de División Territorial establecida en 1824, específicamente el 25 de junio, el Ecuador perdió 174.000 Km2.

El Tratado de Guayaquil

Es un “Tratado de Paz y Amistad entre la República de Colombia y el Perú”, que en sus artículos 5, 6 y 7 plantea una fórmula para llegar a un arreglo limítrofe entre los dos estados.

Este documento tiene íntima vinculación con el Tratado de Girón, firmado luego de las batallas de Tarqui y de Buijo, y en los artículos en referencia dice:

En el Art. 5: “Ambas partes reconocen por límites de sus respectivos territorios los mismos que tenían antes de su independencia los antiguos Virreinatos de Nueva Granada y el Perú, con las solas variaciones que juzguen conveniente acordar entre sí, a cuyo efecto se obligan desde ahora a hacerse recíprocamente aquellas sesiones de pequeños territorios que contribuyan a formar la línea de una manera más natural, exacta y capaz de evitar competencias y disgustos entre las autoridades y habitantes de las fronteras”.

En el Art. 6, las partes convienen en que “…se nombrará y constituirá por ambos Gobiernos una Comisión compuesta por dos individuos por cada República, que recorra, rectifique y fije la línea divisoria…”.

Y el Art. 7 establece que: “…la Comisión de Límites dará principio a sus trabajos cuarenta días después de la ratificación del presente Tratado y los terminará en los seis meses siguientes…”.

El Tratado Pedemonte Mosquera

Según la versión ecuatoriana, como no se cumpliera por parte del Perú el envío de sus miembros de la Comisión Delimitadora a Tumbes, reclamó el Gobierno de la Gran Colombia, y, en repuesta de esta gestión, se suscribió en Lima, un Protocolo Adicional al Tratado de Guayaquil de 1829.

Este es conocido como el Protocolo Pedemonte-Mosquera de 1830 y se suscribió supuestamente el 10 de agosto de 1830 entre el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú –Dr. Carlos Pedemonte –, y el Ministro Plenipotenciario de Colombia –General Tomás C. Mosquera–.

Como Carlos Pedemonte mencionara la Real Cédula de 1802, el general Tomás C. Mosquera contestó que conforme al artículo 5 del Tratado de Guayaquil de 1829 entre las dos repúblicas, debía reconocerse como límite el que tenían antes de la Independencia los dos virreinatos de la Nueva Granada y el Perú; que se redactó en tales términos el artículo para tener un punto de partida seguro para fijar límites; y que siendo aquellos límites indefinidos si se ve con atención la Cédula del Rey de España Don Felipe II, que erigió la Audiencia de Quito (29 de agosto de 1563), se vería que una gran parte del territorio de la derecha del Marañón pertenecía a aquella jurisdicción…, que la Provincia de Maynas volvió a pertenecer al Virreinato de Nueva Granada, y que en la Guía de Forasteros editada en España, para 1822 se encontraba aquella provincia agregada al Virreinato de Nueva Granada y le presentó un ejemplar auténtico.

Le leyó también una carta del Libertador y Presidente de Colombia Simón Bolívar, donde respondía sobre el particular a una consulta que le hizo, y propuso que se fijase por base para los límites el río Marañón desde la boca del Yurati (en Brasil) aguas arriba hasta encontrarse con el río Huancabamba y el curso de este río hasta sus origen en la cordillera y de allí tomar una línea al río Macará para seguir y tomar las cabeceras del río Tumbes…

Después de detenida la discusión convino el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú en estas bases; pero que las modificaba poniendo por término no la embocadura de río Huancabamba sino la del río Chinchipe…

El Enviado de Colombia manifestó que todo lo que podía ceder era lo que ya había ofrecido, pues estaba probado, según él, que la Cédula de 1802 no fue aplicada y que tanto Maynas como Jaén dependieron del Virreinato de Nueva Granada.

Finalmente, el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú aceptó las bases propuestas por el Ministro Plenipotenciario de Colombia, dejando como punto pendiente su modificación y se consultase al Gobierno de Colombia esta modificación que pondría término a una cuestión enojosa…

El Ministro de Colombia convino en todo, dando por reconocido el derecho de Colombia a todo el territorio de la ribera izquierda del Marañón, y reconociendo al Perú el dominio de la ribera derecha, quedando únicamente pendiente si los límites irían por Chinchipe ó Huancabamba…

En resumen, este protocolo habría dejado reconocido el derecho de la Gran Colombia a todo territorio de la ribera izquierda del río Marañón (Amazonas) y, consiguientemente, todo territorio de la ribera derecha del Río Marañón (Amazonas) al Perú.

Esto implicaba que la mitad de la inmensa provincia de Maynas pasaba a poder de Colombia. Quedarían solo pendientes los límites definitivos entre los ríos Chinchipe y Huancabamba, donde se localizaba Jaén de Bracamoros.

El Estado de Perú considera el Protocolo Pedemonte-Mosquera inexistente o al menos inválido, basándose en los siguientes puntos:

1. La no existencia de ningún original en los archivos nacionales de ninguno de los países involucrados.

2. Mosquera regresó a su país a bordo la goleta Guayaquileña que zarpó del Callao el 10 de agosto de 1830, el día antes de la supuesta firma del Protocolo.

3. El supuesto protocolo nunca fue ratificado por Perú o Gran Colombia, por lo que en el supuesto de encontrarse evidencia de su existencia, este carecería de toda validez.

4. Ecuador se había separado de la Gran Colombia meses antes de la supuesta firma del Protocolo; es decir, la Gran Colombia ya no existía el día de la supuesta firma, por tanto Mosquera no pudo firmar documento alguno, a nombre de un Estado que ya había dejado de existir.

5. El único texto producido de supuesto documento es una copia de una copia encontrada originalmente en el archivo de un ciudadano particular.

6. En la fecha de la supuesta firma del Protocolo, era Matías León –y no Carlos Pedemonte,– el encargado de la Cancillería peruana. León había asumido interinamente dicho despacho por hallarse mal de salud el ministro titular Pedemonte.

Por el Tratado Pedemonte Mosquera firmado en agosto de 1830, el Ecuador perdió 181.200 Km2.

El Tratado Tobar Río Branco

Es un documento fronterizo que fue firmado el 6 de mayo de 1904 en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, con la intervención del Dr. Carlos R. Tobar, Ministro Plenipotenciario del Ecuador, y el representante brasileño Sr. José María de Silva, Barón de Río Branco.

Mediante dicho tratado Brasil reconoció ser país limítrofe con el Ecuador, fijando para el caso una línea basada en «una recta geodésica que partiendo del riachuelo San Antonio, en la margen septentrional del Amazonas, entre Tabatinga y Leticia, terminaba en la confluencia del Apaporis con el Caquetá».

👉Puedes leer también: Batalla de Pichincha 24 de mayo de 1822 Independencia Ecuador

Con respecto a este tratado de límites celebrado entre Ecuador y Brasil es preciso señalar que el 23 de octubre de 1851 -es decir cincuenta y tres años antes- ya Brasil y Perú habían firmado en la ciudad de Lima un tratado que determinaba esa misma línea como límites entre las dos naciones; y que posteriormente, en 1925, Brasil firmaría con Colombia otro exactamente igual.

Por el tratado Tobar Río Branco, el Ecuador perdió 60.000 Km2 de territorio.

El Tratado Muñoz Vernaza

En los primeros meses de 1916, y con el propósito de establecer de manera definitiva los límites entre el Ecuador y Colombia, se llevaron a cabo diferentes reuniones y conversaciones que culminaron en Bogotá el 15 de julio con la firma de un tratado que de alguna manera cumplía con las aspiraciones de los dos países.

Dicho documento fue firmado por el Dr. Alberto Muñoz Vernaza, Ministro Plenipotenciario del Ecuador; y por el Dr. Marcos Fidel Suárez, Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia.

Por medio de este tratado, que fue aprobado por el Congreso del Ecuador en septiembre y ratificado por el ejecutivo en diciembre del mismo año, el Ecuador –buscando liquidar deudas de la independencia y afianzar su amistad con Colombia- cedió a este país más de 180.000 km2 en la región nororiental, correspondientes a los afluentes de los ríos Putumayo, Napo y Caquetá.

De acuerdo al conferencista de 1980 Juan Paz y Miño Cepeda en referencia al libro «El Ecuador y el Problema de Límites con el Perú», el Ecuador perdió 191.800 Km2.

Tratado Muñoz Vernaza
Tratado Muñoz Vernaza

El Protocolo de Río de Janeiro de 1942

Toda la historia del Protocolo de Río de Janeiro de 1942 la puedes leer en el siguiente enlace

Protocolo de Río de Janeiro de 1942

Con el protocolo de Río de Janeiro de 1942, el Ecuador llegó a perder 245.000 Km2.

Así es como se ha desarrollado la historia en referencia a las Cédulas Reales desde 1563 hasta el protocolo de Río de Janeiro de 1942, donde Ecuador perdió miles y miles de kilómetros de territorio.

Con información de: Libro «El Ecuador y el Problema de Límites con el Perú»  /  La Guía 2000  /  Wikipedia  /  Efemerides  /  El Universo  /  Enciclopedia del Ecuador

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Written by Hazte Ver Ecuador

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12 de febrero de 1542 Descubrimiento del Río Amazonas

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