Este 24 de agosto se celebra el Día Internacional de los Parques Nacionales, con el objetivo de recordar la importancia de estos espacios que albergan un sinnúmero de especies de flora y fauna.
Se vuelve indispensable la conservación de cada una de las especies existentes en estos ecosistemas, para evitar su extinción, garantizando su cuidado y protección y por el propio bien de la humanidad.
De acuerdo al Ministerio del Ambiente de Ecuador, actualmente el país cuenta en su Sistema Nacional de Áreas Protegidas con 11 Parques Nacionales: Cayambe Coca, Cotopaxi, Galápagos, Llanganates, Machalilla, Podocarpus, Sangay, Sumaco, Yasuni,Yacuri y El Cajas.
En 1978 la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) estableció diferentes categorías para la gestión de las áreas protegidas:
Según la UICN un Parque Nacional es área natural de tierra o mar destinada a:
1.- proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas para las generaciones presentes y futuras;
2.- Excluir la explotación u ocupación no ligadas a la protección del área;
3.- Proveer las bases para que los visitantes puedan hacer uso espiritual, científico, educacional o recreativo, de forma compatible con la preservación y la cultura.
En el Ecuador para que un área protegida sea declarada un Parque Nacional debe cumplir con los siguientes elementos:
1. Uno o varios ecosistemas, comprendidos dentro de un mínimo de 10.000 hectáreas.
2. Diversidad de especies de flora y fauna, rasgos geológicos y hábitat de importancia para la ciencia, la educación y la recreación.
3. Mantenimiento del área en su condición natural, para la preservación de los rasgos ecológicos, estéticos y culturales, siendo prohibida cualquier explotación u ocupación
De igual forma un Parque Nacional en el Ecuador cumple los siguientes objetivos de Conservación:
1: Protección de ecosistemas
2: Protección de especies
3: Manejo de recursos naturales
4: Manejo de recursos culturales
5: Facilitación de investigación
6: Brindar alternativas de turismo
Los Parques Nacionales son una categoría de manejo de las 8 categorías que establece la legislación nacional, significa entonces que no todas las áreas protegidas se pueden catalogar como tal, existiendo además Reservas Biológicas, Reservas Ecológicas, Refugios de Vida Silvestre, Áreas Nacionales de Recreación, entre otras, cada una con características únicas.